Buenos Aires - Argentina
"Se revisó cada uno de los artículos del anexo aduanero a objeto de verificar que todos los países signatarios están de acuerdo con los mismos. De la revisión mencionada, se modificaron los numerales 1, 4, 7, 9, 10, 11, 14, 15, 18, 20, 21 y 22 del Artículo 1. En el Numeral 23 queda pendiente para el análisis las propuestas sobre “unidad de transporte” presentadas por Bolivia y Paraguay”. En el artículo 2 “campo de aplicación” el Perú propuso la incorporación de un texto que permita que las unidades de transporte salgan de un país transiten por el territorio de otro país y vuelvan a territorio del mismo país de partida. Se recomendó estudiar la factibilidad de efectuar un acuerdo bilateral para este tipo de tránsitos. Se modificaron los artículos 4, 9, 11, 15, 16, 17, 18, 19, 21, 23, 24, 26, 27, 28, 29. En el artículo 10, las delegaciones acordaron no incorporar el agregado propuesto por Brasil, debido a los constantes avances tecnológicos dificultarían establecer sus condiciones mínimas. El texto propuesto para el numeral 4 del artículo 10 no fue aprobado por Chile ni la propuesta de la inclusión de un capítulo de seguridad al tránsito aduanero, porque estimó que la implementación de cualquier exigencia adicional a los precintos debería ser materia de un acuerdo bilateral o multilateral. "
Ivan Meneses Cisicanqui - Unidad de Servicio a Operadores Daniel Chaoca Callisaya - Depto. Técnico Aduanero
"Reunión de la Comisión del Artículo 16 del ATIT - Grupo de Asuntos Aduaneros "
Concluir con la revisión y actualización del Anexo I Asuntos Aduaneros del ATIT para su posterior protocolización